Cada día veo con mas precaución como algunos amigos/conocidos se echan a temblar cuando por la cabeza se les pasa la simple idea de tener que tributar por las ganancias generadas en los torneos de póquer.  ¡Que dolor!  Un amigo llamó a Hacienda «un banqueador al 30% que solo cobra«.  Esta opinión cada vez parece más generalizada… y de ahí los consejos de unos y otros en los descansos de los torneos, en las comidas, entre copas… o alrededor del que ha conseguido llegar a la tan ansiada ITM. No se si lo que voy a comentar es del gusto de todos… es una verdad arriesgada y  mi opinión.   Luego cada cual que haga o piense lo que quiera. Yo lo tengo claro.

Leyendo y releyendo artículos y opiniones sobre la tributación del jugador de póquer he llegado a la conclusión de que hay dos opiniones generalizadas (una más que otra)… por un lado están los que dicen (piensan) que las ganancias del póquer son «ganancias patrimoniales» y para otros son «rendimientos de trabajo».   Creo que ambos casos son ciertos porque evidentemente las ganancias del juego tributan como incremento del patrimonio, sobre eso no cabe la menor duda.

Así si entiendo que mis beneficios del juego se integran con el resto de rentas y se tributará al porcentaje correspondiente del 25% en adelante dependiendo del total de las rentas.  Pero aquí es donde yo quiero introducir otro factor en juego.  Resulta que para controlar el cumplimiento de las obligaciones fiscales emerge la figura del retenedor, es decir, en el caso que nos compete, resulta que los casinos ‘podrían‘ retener o ingresar a cuenta respecto de la obligación tributaria que tiene el perceptor del premio.  Según nos consta algunos casinos lo han hecho y siguen haciéndolo.  PERO… desde aquí comentamos que en lo que se refiere a las ganancias de los jugadores de casino, el artículo 75.3 f) del Reglamento del Impuesto de la Renta declara que: «No existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las rentas de los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas.»  Por lo tanto los casinos no tienen obligación de retener al jugador ninguna cantidad.  Aclarar que el hecho de que el casino no tenga esta obligación, no nos exime de la nuestra… que es la de pagar, de ahí que algunos casinos nos hagan firmar un documento en el que con nuestros datos se declara haber recibido la correspondiente cantidad en premio.

Por otro lado decíamos que algunos seguimos queriendo ver el póquer como nuestra profesión y que nos gustaría tributar nuestras ganancias como ‘rendimiento de trabajo’.  ¿Cómo le ponemos a este niño?

Pues recientemente encontraba en el blog de Laura Guillot la respuesta sobre este tema.  Alguien planteó directamente al órgano correspondiente la siguiente pregunta:

DESCRIPCION-HECHOS El club consultante organiza periódicamente un torneo deportivo en el que otorga premios en metálico a los ganadores y finalistas de determinadas pruebas. Los perceptores de los premios suelen ser en su mayoría aficionados y en algún caso profesionales.

CUESTION-PLANTEADA Sometimiento a retención, a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del importe de los premios.

ORGANO SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas

NORMATIVA RIRPF RD 439/2007, Art. 95

CONTESTACION  LEE LA CONSULTA COMPLETA AQUÍ  V2250-07  Artículo 95.2.a) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE del día 31), considera comprendidos entre los rendimientos de las actividades profesionales «en general, los derivados del ejercicio de las actividades incluidas en las Secciones Segunda y Tercera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre».  La inclusión de las actividades relacionadas con el deporte en la agrupación 04 de la sección Tercera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas comporta, de acuerdo con lo anterior, calificar como rendimientos de actividades profesionales los obtenidos por los deportistas en el desarrollo de su actividad. En este sentido, este Centro viene interpretando que tanto los «fijos» como los premios que los organizadores/patrocinadores de competiciones deportivas satisfagan a los participantes tendrán la consideración de rendimientos de actividades profesionales.

Pues eso, blanco y en botella.  A tenor de esta contestación decidí (y me consta que no soy el único) a irme a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social y darme de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Antes ya había realizado la Declaración Censal mediante el modelo 036 o 037. Luego me di de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) eligiendo el epígrafe 049. OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL DEPORTE, N.C.O.P. vamos que quiero ser «jugador profesional de póquer».  A partir de ahí y sabiendo que esta actividad no está contemplada de modo especifico lo que he venido haciendo como si de una profesión se tratara es entender que ‘debo’ pagar mis impuestos por el rendimiento de mi trabajo al tipo impositivo que marque la actual legislación. Por lo tanto, cuando acudo a un torneo, y aquí es donde el jugador de póquer profesional debería cambiar la mentalidad, recojo los gastos envueltos en acudir al mismo en el desempeño de mi trabajo (buy-in, hotel, comidas, desplazamientos, etc).   Si para nosotros esto es un trabajo (pro de profesionales) debemos asumir que tenemos ‘obligaciones‘.

Ya se lo que estas pensando, que la ley en España no recoge al jugador de póquer como deportista profesional.  Pues las siglas N.C.O.P del epígrafe me lo pusieron a huevo (N.C.O.P:  No Contempladas en Otras Partes). Yo cumplo con mis obligaciones, al menos lo intento… lo que no podemos querer es llegar a un casino, ganar un torneo, llevarnos XX.XXX euros en efectivo y gastarlo como si eso fuera 100% nuestro, porque no lo es. En este país de casi todo lo que ganamos una parte se la lleva el gobierno.

Lo de pagar o no nuestros impuestos es otra historia… a mi a veces no me apetece, en mi humilde opinión España es un país corrupto.  A los Estadounidenses les gustan las armas… Y usarlas.  Los asiáticos son tremendamente jerárquicos y nosotros, los españoles tendemos a interpretar ‘de forma flexible’ las normas. Cada país tiene sus cosas y afrontémoslo, España es un país en el que la gente no quiere estar fija porque así cobra el paro. Es un país en el que nadie se echó a la calle ante la tremenda injusticia de que existieran dos mercados laborales, uno blindado (hasta ahora) y otro totalmente liberalizado.  Es el país de las canonjías, de las mamandurrias, es el país en el que todos sabemos que no hay un 26% de paro real, porque mucha gente trabaja en la economía sumergida. Y en el que a su vez mucha gente trabaja en la economía sumergida porque hay tantas trabas para participar en la economía legal que es más rentable lo segundo.  España es un país de responsabilidades colectivas que, a fin de cuentas, es un sistema perfecto para que nadie asuma su responsabilidad. Es un país que desconfía del esfuerzo. Un país de mentalidad bastante caciquil, en el que «quien a buen árbol se arrima, buena sombra le cobija», en el que «vale más caer en gracia que ser gracioso», donde «el que por necesidad trabaja, poco tiene y poco gana», en «el que trabaja honrado, se vuelve jorobado» y, finalmente, «el trabajo mata al asno, pero no al amo».

Pero independientemente de esto… que es una opinión compartida con Pablo Pardo (columnista de El Mundo), nosotros los jugadores de póquer con residencia en España, deberíamos de empezar a plantearnos como queremos tributar y tomar acción.  Quedarnos quietos esperando a que unos señores que no tienen»mucha idea» de lo que hacen y cuyo único afán parece el recaudatorio, no es lo más recomendable.  A no ser que, para no variar como buenos españoles, a tiro pasado nos quejemos de lo que nos obligan a pagar… o que nos obligan a dejar de jugar porque no queremos un banqueador del 30% que solo pone la mano.

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